DECRETO Nro. 344-2009
VISTO Y CONSIDERANDOS:
Que el Ministro de Salud Bonaerense Claudio Zin anuncio hoy que se dictara la emergencia sanitaria en toda la jurisdicción por la demanda de personas con sÃntomas de gripe en todo el territorio
Que reunido el comité de crisis del Municipio de Capitán Sarmiento resolvió suspender todo tipo de actividad educativa y toda actividad social que se desarrolle en lugares cerrados y/o abiertos.
Que es el espÃritu de esta administración velar por la salud y el bienestar de
todos los habitantes de la ciudad de Capitán Sarmiento, Por todo ello, en uso de las facultades que me son propias,
DECRETO
ARTICULO 1ro Dejase sin efecto a partir del dÃa de la fecha el Decreto Nro 335-2009 -
ARTICULO 2do Quedan suspendidas todas las actividades educativas en la Jurisdicción de Capitán Sarmiento -
ARTICULO 3ro Desde la 0 00 horas del dÃa 8 de Julio de 2009 hasta las 6 00 horas del dÃa 13 de Julio de 2009 se ordena la SUSPENSIÓN TOTAL DE ACTIVIDADES de los siguientes rubros:
Centros de esparcimiento con asidua concurrencia de publico a saber Bar bailable bar bailable al aire libre confiterÃa cubierta con baile (boliches bailables) café concert pub y categorÃas asimilables según la clasificación de las Ordenanzas Municipales que correspondan peloteros guarderÃas maternales infantiles, centros comunitarios, gimnasios, centros de jubilados.-
Las actividades desarrolladas en clubes y asociaciones deportivas con asistencia de público, y salones de fiestas, estarán habilitadas desde las 10: 00 horas y hasta las 18:00 horas funcionando con el 50% capacidad para la cual fueron habilitados.
A partir desde la 0:00 horas del 8 de julio hasta las 6:00 horas del dÃa 13 de Julio se LIMITA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ACTIVIDADES DE LOS SIGUIENTES RUBROS: Bares (no bailables, restaurantes parrillas pizzerÃas cyberts locutorios bufets de estaciones de servicio y categorÃas asimilables según clasificación de las ordenanzas Municipales que correspondan podrán funcionar al 50% de la capacidad para la cual fueron habilitados y en el horario de 06 00 horas a 01 00 hs -
TODAS LAS ACTIVIDADES COMERCIALES ESTARAN SUSPENDIDAS TOTALMENTE ENTRE LAS 01 00 HORAS HASTA LAS 06 00 HORAS DESDE EL DIA 8 AL 13 DE JULIO INCLUSIVE con excepción de expendio de combustible servicios de sepelio de enfermerÃas farmacias de turno servicio de gomerÃa -
ARTICULO 4to La emergencia declarada alcanza a todo el personal medico y auxiliar en servicio — dependiente de este Municipio quienes quedaran a disposición de la Dirección del
Hospital Municipal San Carlos y de la Dirección de Salud de la Municipalidad de Capitan Sarmiento,
estando facultados para modificar las actuales condiciones y lugares de trabajo durante todo e! tiempo que
dure la emergencia -
ARTICULO 5to El Departamento Ejecutivo a través de la SecretarÃa de Hacienda establecerá las — -
adecuaciones presupuestarias que sean necesarias para cubrir los costos que deriven de la emergencia –
ARTICULO 6to: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder al cierre o clausura de los establecimientos que no cumplen con las condiciones establecidas en el presente decreto y podrán dar de baja la habilitación comercial del establecimiento o comercio, con la pertinente intervención del Juzgado de Faltas Municipal.
ARTICULO 7mo: El presente decreto será comunicado a las distintas áreas involucradas.
ARTICULO 8vo.: El presente Decreto será refrendado por el Secretario General de Gobierno.-
ARTICULO 9no.: ComunÃquese, PublÃquese, RegÃstrese y Cumplido, ArchÃvese.
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